Glosario Aviación / Término

Altitud mínima de sector

La altitud más baja que puede usarse y que permite conservar un margen vertical mínimo de 300 m (1.000 ft), sobre todos los obstáculos situados en un área comprendida dentro de un sector circular de 46 km (25 millas marinas) de radio, centrado en una radioayuda para la navegación.

Enlace permanente: Altitud mínima de sector - Fecha de creación: 2016-06-13


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