Glosario Derecho Administrativo Español / Término

Leyes de Transferencia o delegación

Previstas en el art. 150.2 y por medio de las cuales “el Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materias de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación.

Enlace permanente: Leyes de Transferencia o delegación - Fecha de creación: 2012-09-29


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