Glosario Derecho Romano / Término

Genus Nunquam Perit

Lo genérico no perece // Obligación genérica por la cual el acreedor ve satisfecho su interés recibiendo cualquier cosa que pertenezca al género y el deudor, está obligado a entregar cosa que reúna las características establecidas.

Enlace permanente: Genus Nunquam Perit - Fecha de creación: 2014-03-29


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