Glosario Diccionario Juridico / Término

Sub arriendo

(Derecho Civil) Figura por la cual el arrendatario de un bien, cede el uso del mismo, total o parcialmente en virtud de un contrato de arrendamiento que celebra con un tercero. / Segundo arrendamiento efectuado por el inquilino o conductor, convirtiéndose así en subarrendador.

Enlace permanente: Sub arriendo - Fecha de creación: 2016-04-10


< Stricto sensu Glosario Diccionario Juridico Sub cultura >

Glosarios especializados

Este sitio web es posible gracias a que muestra publicidad en línea a sus visitantes.
Por favor, ayude a que pueda seguir existiendo deshabilitando su bloqueador de anuncios (adblocker).
Muchas gracias.