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Subrogación del titular del préstamo

Es el acto por el que una persona, asumiendo la deuda, sustituye jurídicamente al titular de un préstamo respecto de los derechos y obligaciones derivados del préstamo concedido, es decir, se convierte en el titular del préstamo. La entidad financiera tiene que dar su consentimiento a dicho cambio.

Enlace permanente: Subrogación del titular del préstamo - Fecha de creación: 2016-12-15


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