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Certificado de profesionalidad

1. El certificado de profesionalidad es el instrumento de acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ámbito de la Administración laboral, que acredita la capacitación para el desarrollo de una actividad laboral con significación para el empleo y asegura la formación necesaria para su adquisición, en el marco del subsistema de formación profesional para el empleo regulado en el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo. Un certificado de profesionalidad configura un perfil profesional entendido como conjunto de competencias profesionales identificable en el sistema productivo, y reconocido y valorado en el mercado laboral.

2. Los certificados de profesionalidad tendrán carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, sin que ello constituya regulación del ejercicio profesional, y serán expedidos por el Servicio Público de Empleo Estatal y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.

3. Cada certificado de profesionalidad acreditará una cualificación profesional del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Con carácter excepcional, y cuando el perfil profesional así lo requiera, el certificado de profesionalidad podrá recoger menos unidades de las definidas en la cualificación profesional de referencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. En ambos casos la unidad de competencia constituye la unidad mínima acreditable para obtener un certificado de profesionalidad.

Fuente: REAL DECRETO 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.

Certificado de Profesionalidad: Con el fin de mejorar la transparencia del mercado de trabajo y facilitar la libre circulación de trabajadores en el ámbito comunitario, se establecerán los itinerarios formativos y los conocimientos mínimos en cada especialidad que conduzcan al Certificado de Profesionalidad que, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, será expedido por las Administraciones Laborales a los alumnos que hayan superado las evaluaciones correspondientes al respectivo nivel profesional. Sin perjuicio de la acreditación de competencias profesionales a través del sistema educativo, el certificado de profesionalidad tiene por finalidad acreditar las competencias profesionales adquiridas mediante acciones de formación profesional ocupacional, programas de escuelas taller y casas de oficio, programa de talleres de empleo, acciones de formación continua, o experiencia laboral.

Fuente: MTAS

http://www.mtas.es/Guia/texto/guia_2_6_1.htm

Certificado de Profesionalidad: Documento expedido por la Administración laboral que acredita “las competencias profesionales” adquiridas mediante acciones formativas en el ámbito de dicha administración.

Fuente: INCUAL. El sistema nacional de cualificaciones profesionales: funciones, requisitos, estructura, metodología y gestión (Apuntes para una norma básica (1999)

http://www.mec.es/educa/incual/ice_incual.html

Certificado de Profesionalidad: Recoge los contenidos mínimos de formación profesional ocupacional para aquellas ocupaciones susceptibles de certificación.

Fuente: Instituto Nacional de Empleo (INEM).

http://www.inem.es/

Enlace permanente: Certificado de profesionalidad - Fecha de creación: 2013-03-09


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