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LISMI (Prestaciones de Integración Social de los minusválidos)

Subsidio de garantía de ingresos mínimos y subsidio por ayuda de tercera persona. Estos subsidios quedaron suprimidos por la Ley 26/1990, aunque sus beneficiarios pueden continuar percibiéndolos, salvo que opten por percibir una pensión no contributiva. Subsidio de movilidad y compensación para gastos de transporte. El objetivo de este subsidio es el de atender los gastos extraordinarios originados por desplazamientos fuera del domicilio habitual en medios de transporte no colectivos.

Fuente: MTAS. Guía Laboral y de Asuntos Sociales.

http://www.mtas.es/Guia/texto/guia_14_42_2.htm

Enlace permanente: LISMI (Prestaciones de Integración Social de los minusválidos) - Fecha de creación: 2013-03-09


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