Glosario Procedimiento administrativo / Término

Declaración de oficio de la nulidad de actos o disposiciones

La Administración podrá declarar de oficio y en cualquier momento la nulidad de actos y disposiciones administrativas afectados por alguna de las causas de nulidad, por propia iniciativa o a solicitud del interesado. Es necesario que dichos actos hayan puesto fin a la vía administrativa o que contra ellos no se haya interpuesto recurso alguno. De lo contrario, hay que esperar a la resolución de dicho recurso.

Enlace permanente: Declaración de oficio de la nulidad de actos o disposiciones - Fecha de creación: 2012-04-25


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