Glosario Términos jurídicos y judiciales / Término

Movimiento intercurial de jueces

Se refiere a la facultad administrativa para utilizar, mediante designación especial y por períodos limitados, a un juez de determinada categoría judicial en funciones correspondientes a un juez de categoría judicial distinta. Ello es posible en un sistema unificado como el que existe en puerto rico. La facultad corresponde al juez presidente del tribunal supremo. El término intercurial significa "entre curias", es decir, entre tribunales.

Enlace permanente: Movimiento intercurial de jueces - Fecha de creación: 2017-01-12


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