Glosario Tratados de Libre Comercio / Término

Derechos antidumping

Definición general: El artículo VI del GATT de 1994 permite la imposición, contra las importaciones objeto de dumping, de derechos equivalentes a la diferencia entre el precio de exportación de esos productos y su valor normal, si el dumping causa daño a los productores de productos competidores en el país importador.

Enlace permanente: Derechos antidumping - Fecha de creación: 2015-11-08


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