Glosario Unión Europea / Término

Investidura de la Comisión

El Tratado de la Unión Europea revisó profundamente el procedimiento de nombramiento de la Comisión instituyendo un procedimiento de investidura de ésta. Existen dos procedimientos sucesivos que afectan primero al Presidente y después a la Comisión en su conjunto.

En una primera fase los gobiernos de los Estados miembros designan de común acuerdo a la personalidad que desean nombrar presidente de la Comisión previa consulta al Parlamento Europeo. Posteriormente, en consulta con el presidente designado, los Estados miembros proponen a las demás personalidades que pueden llegar a ser miembros de la Comisión. Una vez constituido el Colegio de esta forma, se somete a un voto de confianza del Parlamento Europeo y es nombrado definitivamente por los gobiernos de los Estados miembros. Este procedimiento se aplicó por primera vez al principio de la legislatura actual. Tiene la ventaja doble de reforzar la legitimidad de la Comisión y el diálogo entre las dos instituciones.

Véase:

· Comisión Europea

· Composición de la Comisión Europea

· Parlamento Europeo

· Presidente de la Comisión Europea

Enlace permanente: Investidura de la Comisión - Fecha de creación: 2014-01-29


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