Glosario Unión Europea / Término

Personalidad jurídica de la Unión

El problema de la personalidad jurídica de la Unión se ha planteado, en particular, por lo que se refiere a la capacidad de la Unión Europea para concluir Tratados o adherirse a convenios. En efecto, la Unión, que engloba tres comunidades distintas que tienen cada una personalidad jurídica (CE, CECA y EURATOM) no tiene lo que se denomina en derecho internacional el "treaty making power", es decir, la capacidad internacional de celebrar acuerdos con terceros Estados.

Los Estados miembros no llegaron a un acuerdo sobre esta cuestión en la Conferencia Intergubernamental y el Tratado de Amsterdam no contiene, por tanto, disposición alguna sobre el tema que, para algunos, es un falso problema que no impide a la Unión celebrar acuerdos y afirmar sus posturas en la escena internacional.

Véase:

· Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH)

· Marco institucional único

· Pilares de la Unión Europea

Enlace permanente: Personalidad jurídica de la Unión - Fecha de creación: 2014-01-29


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