Glosario Vocabulario Jurídico-Mercantil / Término

Consignación

En Derecho Mercantil, y en el contrato de porte, es la remisión de efectos de una persona a otra, que se denomina consignatario. En Derecho Civil es el depósito que, en forma legal, hace el deudor, respecto de la cosa debida, cuando el acreedor no quiere o no puede recibirla

Enlace permanente: Consignación - Fecha de creación: 2016-01-03


< Considerando Glosario Vocabulario Jurídico-Mercantil Consuetudinario >

Glosarios especializados

Este sitio web es posible gracias a que muestra publicidad en línea a sus visitantes.
Por favor, ayude a que pueda seguir existiendo deshabilitando su bloqueador de anuncios (adblocker).
Muchas gracias.