Glosario Diccionario Juridico / Término

Mutuo disenso

(Derecho Civil) Acuerdo de las partes. En materia contractual se contempla como un nuevo acuerdo de las partes sobre un contrato anterior. / En derecho de familia, una de las causales de separación de cuerpos y, posteriormente, de divorcio que se basa en el acuerdo de los cónyuges en disolver el vínculo matrimonial. / Conformidad de las partes para dejar sin efecto o anular un contrato o convenio.

Enlace permanente: Mutuo disenso - Fecha de creación: 2016-04-10


< Mutuo Glosario Diccionario Juridico Nación >

Glosarios especializados

Este sitio web es posible gracias a que muestra publicidad en línea a sus visitantes.
Por favor, ayude a que pueda seguir existiendo deshabilitando su bloqueador de anuncios (adblocker).
Muchas gracias.