Glosario Vocabulario Jurídico-Mercantil / Término

Cláusula accidental

Dícese así a la cláusula que no suele ser de esencia en el contrato ni arranca de la naturaleza del mismo y que convienen los contrayentes que forman parte de él, como de manera secundaria, así como el consignar después de fijado el precio de una venta, por ejemplo, el lugar o la forma en que ha de hacerse efectiva.

Enlace permanente: Cláusula accidental - Fecha de creación: 2016-01-03


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