Glosario Acuerdos comerciales internacionales / Término
El artículo VI del GATT de 1994 permite la imposición, contra las importaciones objeto de dumping, de derechos equivalentes a la diferencia entre el precio de exportación de esos productos y su valor normal, si el dumping causa daño a los productores de productos competidores en el país importador.
Enlace permanente: Derechos antidumping - Fecha de creación: 2018-04-07