Glosario Alumbrado / Término
Son las destinadas, por un único usuario, a la distribución de energía eléctrica en Baja Tensión, a locales o emplazamientos de su propiedad o a otros especialmente autorizados por la Dirección General de la Energía. Las redes de distribución privadas pueden tener su origen
• En centrales de generación propia.
• En redes de distribución pública. En este caso, son aplicables, en el punto de entrega de la energía, los preceptos fijados por el Reglamento de Verificaciones Eléctricas y Regularidad en el Suministro de Energía.
Enlace permanente: Redes de distribución privadas - Fecha de creación: 2013-05-07