Glosario Atención de Emergencias / Término
Servicio administrativo previsto en el art. 24 de la LGE, adscrito a la Dirección de Atención de Emergencias del Departamento de Seguridad, que funciona permanentemente como órgano receptor de alertas y llamadas de auxilio, así como órgano de apoyo técnico a la coordinación y compatibilización de los servicios necesarios en la emergencia. En dichos centros se ubican el CECOP. y el CECOPI en los casos en que sean activados los planes de protección civil autonómicos.
Enlace permanente: Centros de Coordinación de Emergencias – SOS Deiak - Fecha de creación: 2016-05-25