Glosario Auditoría de cuentas / Término
$ Importe establecido por el auditor con el objetivo de obtener un grado adecuado de seguridad de que las incorrecciones existentes en la población no superan dicho importe.
(Definido en NIA 530.5(i))
En el ámbito de la normativa de auditoría de cuentas, la expresión “incorrección tolerable” cuando se aplican técnicas de muestreo como procedimientos de auditoría se conoce también como “error tolerable”.
Enlace permanente: Incorrección tolerable - Fecha de creación: 2015-11-27