Aeronave de estado
En el contexto general del Reglamento de Circulación Aérea, se considerarán aeronaves de Estado las aeronaves militares y las aeronaves no militares destinadas exclusivamente a servicios estatales no comerciales. En el contexto específico de entorno RVSM (separación vertical mínima reducida), se considerarán aeronaves de Estado las aeronaves utilizadas para servicios militares, de aduanas y de policía.