Glosario Bioética / Término
El principio que señala que los profesionales tienen la expresa responsabilidad de actuar con arreglo a los mandatos éticos de su profesión y a criterios razonables de la práctica. Un profesional de cuidados de la salud debe respetar la elección de un paciente o de su representante, pero no se le exige violar los compromisos personales de las obligaciones éticas o religiosas. Actuar habitualmente con arreglo a los valores personales constituye la importante virtud profesional de integridad.
Enlace permanente: Integridad - Fecha de creación: 2017-05-24