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Objeción de conciencia

El derecho de los administradores de cuidados de la salud (tanto de las instituciones como de los practicantes individuales) de no violar sus principios éticos, basados en valores morales y en normas de conducta profesional. Por lo general, la objeción de conciencia está sustentada por una política expresa. Carece de intencionalidad política, no busca un cambio en las leyes ni en los programas de Gobierno. Simplemente persigue una excepción a un imperativo jurídico concreto y actual porque este choca con las propias convicciones morales. No busca publicidad ni adhesiones a causas personales, su motivación se encuentra siempre en la sede individual e íntima de la conciencia humana. Véase desobediencia civil y conciencia.

Enlace permanente: Objeción de conciencia - Fecha de creación: 2017-05-24


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