Glosario Ciberseguridad / Término
La firma electrónica (o digital) se define como el conjunto de datos electrónicos que acompañan o que están asociados a un documento electrónico. Esta firma se basa en la Ley 59/2003, de 19 de Diciembre, donde se indica que la «firma electrónica» reconocida debe cumplir las siguientes propiedades o requisitos:
- identificar al firmante.
- verificar la integridad del documento firmado.
- garantizar el no repudio en el origen.
- contar con la participación de un tercero de confianza.
- estar basada en un certificado electrónico reconocido.
- debe de ser generada con un dispositivo seguro de creación de firma.
Una firma electrónica de un documento se consigue calculando el valor «hash» del documento y adjuntándolo al final del mismo, para a continuación cifrarlo con la clave pública de la persona a la que enviaremos el documento.
De esta manera nadie pueda leerlo más que el receptor.
Sinónimo: Firma digital.
Enlace permanente: Firma electrónica - Fecha de creación: 2018-03-30