Glosario Contabilidad / Término
Documento mercantil por el que una persona (librador) manda a otra (librado) pagar una determinada cantidad, o se obliga ella misma a hacerlo, a la orden de un tercero (tomador) o a su propia orden. Orden incondicional, por escrito, dirigida por una persona a otra, firmada por la persona que la expide, solicitando a la persona a quien va dirigida que pague a requerimiento, o a una fecha fija o futura determinada, cierta cantidad de dinero a la orden o al portador. Los términos letra de cambio y giro se utilizan indistintamente, pero el primero se aplica generalmente a una orden de pagar dinero que se ha originado mediante una operación con el extranjero, mientras que el segundo término se aplica con más frecuencia a las operaciones internas. Adicionalmente, desde un punto de vista técnico, una letra de cambio siempre resulta ser un documento negociable, mientras que un giro puede ser no negociable.
Enlace permanente: Letra de Cambio - Fecha de creación: 2016-05-04