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Sociedad Anónima

Un negocio propiedad de accionistas que inicia sus operaciones cuando el estado aprueba su escritura de constitución. Para la ley es una entidad legal, una "persona artificial" o "persona jurídica". Expresión jurídica por la que se encauza una actividad de índole económica o empresarial y que se define por algunas singularidades en el área de las sociedades mercantiles. Como tal es un instrumento destinado a reunir el capital. Dicho capital (llamado capital social) estará dividido en acciones y se integrará por los pagos o tributos de los socios, quienes no responderán de un modo personal de las deudas de la sociedad. En su denominación deberá figurar la indicación "Sociedad Anónima" o su abreviatura SA. Contará con un capital mínimo y carácter mercantil en todo caso y sea cual sea su objeto. La sociedad se constituirá mediante escritura pública, que deberá ser inscrita en el Registro Mercantil, con lo cual adquirirá su personalidad jurídica.

Enlace permanente: Sociedad Anónima - Fecha de creación: 2016-05-04


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