Glosario Derecho Romano / Término
Excepción.
Parte de la fórmula que opone el demandado a las pretensiones del demandante contrarrestando la "intentio" a través de una serie de alegaciones a su favor. (Formas: doli, in personam, in rem, iusti domini, pacti conventi, quod metus causa, rei iudicate vel iudicium deductae, rei traditae et venditae).
Se trata la exceptio en Derecho romano de una cláusula extraordinaria de la fórmula en la que el demandado alega unas circunstancias que neutralizan la pretensión del demandante y son importantes para su absolución; de hecho, constituyen el más destacado modo de defensa del reo, debido a la caída en desuso de la praescriptio pro reo a partir del siglo I a.C. y de la subsidiariedad de la restitutio in integrum.
Enlace permanente: Exceptio - Fecha de actualización: 2018-12-28 - Fecha de creación: 2014-03-29