Glosario Diccionario Contable (Colombia) / Término

Devengar

Acto de adecuarse algo, aunque no haya transcurrido el plazo que haga exigible la deuda.

Se usa especialmente en el caso de los intereses, que se adeudan según el tiempo transcurrido, aunque el deudor pueda no estar obligado, por estar pendiente el plazo de la deuda.

Derecho adquirido que permite obtener retribución por servicios personales o préstamos otorgados a terceros.

Cualquier renta o ingreso, como intereses o alquileres, se devengan. En contabilidad, se denomina el acto de registrar los ingresos o egresos en el momento en que nacen como derechos u obligaciones.

Enlace permanente: Devengar - Fecha de creación: 2015-08-07


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