Glosario Diccionario Contable (Colombia) / Término
En los swaps de monedas las partes involucradas se comprometen a intercambiar flujos financieros en dos monedas diferentes, considerándose a la moneda corriente nacional como una moneda más.
Las empresas bancarias que sean vendedoras de moneda extranjera a través de estos contratos y que a su vencimiento deban ponerla a disposición del comprador (quién las pagará en moneda corriente nacional) sólo perfecciona n la venta si se les acredita que la moneda extranjera se destinará a cubrir en esa misma fecha una obligación de pago al exterior a través del mercado cambiario formal. No se requiere el cumplimiento de esta condición cuando la operación involucra sólo monedas extranjeras.
Enlace permanente: Swaps de monedas - Fecha de creación: 2015-08-07