Abstención
Acción por la que se deja de intervenir en un procedimiento. Medida de derecho cuya principal finalidad estriba en que se garantice la imparcialidad y objetividad de quienes intervienen en los procesos judiciales para que se dicte una resolución justa (jueces, secretarios judiciales, peritos, ministerio fiscal, funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa). De igual forma, afecta a los funcionarios de la Administración Pública instructores y a quienes resuelvan los expedientes administrativos. Para el ámbito judicial se regula en la LOPJ (arts. 217, 219, 221 y 222), LEC (arts. 102 a 106) y LECrim (arts. 96 a 99). En el ámbito de la Administración Pública, su régimen jurídico se encuentra en la LRJAP-PAC (art. 28).
Es la obligación que tiene un juez o magistrado por su propia iniciativa de inhibirse en el conocimiento de un litigio por entender que carece de imparcialidad para juzgar.