Acción penal
(Derecho Procesal Penal) Derecho por el cual la persona puede recurrir ante la autoridad para denunciar la comisión de un delito. Si el ordenamiento jurídico considera que el delito sólo ha ofendido al agraviado, será acción privada, es decir, que sólo el interesado o sus herederos pueden denunciar el delito ante la autoridad, pero si el ordenamiento jurídico considera que el delito ha ofendido a la sociedad, la acción será pública, es decir que el Fiscal, en su representación, debe denunciar de oficio.