Administración fiduciaria
(Derecho Internacional Público) Régimen internacional de administración y vigilancia de territorios en virtud de acuerdos especiales. Este régimen se aplicó: I) A los territorios a la sazón bajo mandato establecido por la desaparecida Sociedad de las Naciones, después de la Primera Guerra Mundial; II) A los territorios que, como resultado de la Segunda Guerra Mundial, fueron segregados de estados enemigos; y III) A territorios voluntariamente colocados bajo dicho régimen para promover el adelanto político, económico, social y educativo de los habitantes de los territorios fídeicometidos y su desarrollo progresivo hacia el gobierno propio o la independencia. El Consejo de Administración Fiduciaria se estableció para supervisar la administración de los territorios en fideicomiso y asegurarse de que los gobiernos encargados de esa administración tomarán las medidas adecuadas a fin de alcanzar esos objetivos de la Carta de la ONU.