Arras
Prenda o señal que se da como seguridad del cumplimiento de un acuerdo que posteriormente se plasma en un contrato. Institución del Derecho Civil (C.C. Arts. 1477 al 1483), que puede ser confirmatoria o de retracción. El incumplimiento de la operación, implica la pérdida de las arras a la que hubiera entregado, en cualquiera de los dos casos. Señal que formaliza la intención de llevar a cabo un contrato de compra-venta. Históricamente las arras fueron las trece monedas dadas en señal de compromiso y matrimonio.