Casación
(Derecho Procesal Civil). Proviene la Loc. Lat. “cassare” que significa quebrar, romper o quebrantar legalmente el curso de un proceso, según Escriche la aplicación procesal de la casación, implica la acción de anular y declarar sin ningún valor ni efecto algún acto público. / Este recurso procede contra las sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada que hayan sido dictadas en infracción de la ley procesal. Este recurso tiene por objeto la justa aplicación de la ley y la unidad de la jurisprudencia. / Facultad atribuida por la ley al más alto organismo judicial del país, para conocer de los recursos impugnatorios contra las sentencias de los tribunales inferiores, revocándolas o confirmándolas.