Citación
Denominada comúnmente “acto de comunicación procesal” en virtud del cual el tribunal indica a la parte el lugar, fecha y hora en el que tiene que comparecer y actuar en el proceso, objeto de la citación y calidad en la que es citado con las advertencias oportunas. Su previsión normativa varía en función de lo órdenes judiciales si bien a falta de previsión expresa rige la Ley de enjuiciamiento civil como supletorio. Así se prevé en la LECrim (art. 175), en la LEC (arts. 149.3º, 159 a 165) y en LRJS (art. 58).
Llamamiento que efectúa el Juez o magistrado a una o a ambas partes del proceso o a cualquier persona que no sea parte de proceso a fin que concurran a una determinada diligencia.