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Condonación

(Derecho Civil) Acuerdo entre acreedores y deudor por el cual se extingue la relación obligacional, sin pago alguno, por renuncia que hace el acreedor de su crédito, es decir, la deuda. / Acción de perdonar una deuda o eximir al deudor del cumplimiento de una obligación.

Enlace permanente: Condonación - Fecha de creación: 2016-04-10


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