Glosario Diccionario Juridico / Término

Consolidación

(Derecho Civil) Forma extraordinaria de extensión de la relación obligatoria, por la cual, al modificarse la situación jurídica de las partes, las calidades de acreedor y deudor se fusionan en la misma persona. Por ejemplo, si el acreedor es heredero del deudor, al morir éste, el patrimonio del deudor se incorpora al patrimonio del acreedor, estipulándose la relación obligatoria.

Enlace permanente: Consolidación - Fecha de creación: 2016-04-10


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