Procedimiento ordinario contencioso-administrativo
Procedimiento normal por el que se tramita el recurso contencioso-administrativo. Consta de las siguientes fases: 1) interposición del recurso; 2) admisión a trámite; 3) una vez admitido a trámite por el órgano jurisdiccional competente, se reclama a la administración competente el correspondiente expediente administrativo; 4) formalización de la demanda contenciosa con indicación expresa o explícita de los hechos controvertidos sobre los que debe recaer la prueba y determinación de la cuantía; 4) contestación a demanda; 5) proposición de pruebas; 6) práctica de pruebas; 7) escrito de conclusiones cuando éste hubiese sido solicitado en demanda o en contestación a demanda o bien solicitado en un plazo de diez días desde que terminó el período de prueba y 8) sentencia. Se regula en la LRJCA (arts. 45 y ss.).