Glosario Diccionario Juridico / Término

Revocación

Significa cambiar o remover una autoridad antes de que cumpla el término de su mandato. En inglés recibe el nombre de “recallo” palabra que se traduce como “volver a llamar” o volver a elegir. Para el constitucionalista Manuel garcía Pelayo es el “derecho de una fracción de cuerpo electoral a solicitar la destitución de un funcionario de naturaleza electiva antes de expirar su mandato, la cual se llevará a cabo mediante decisión tomada por el cuerpo electoral y con arreglo a determinada proporción mayoritaria”. (Derecho Constitucional Comparado” Madrid 1962). / (Derecho Civil). Según Capitant, acto por el cual una persona que ha hecho un acto jurídico, una oferta, una estipulación por otro, un legado o una donación, decide dejarlos sin efecto.

Enlace permanente: Revocación - Fecha de creación: 2016-04-10


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