Glosario Diccionario Juridico / Término

Servidumbre

(Derecho Civil). Derecho real establecido por el poseedor de un predio, sobre otro predio ajeno para utilidad de primero. Se distingue aquí al predio dominante: que es aquel a cuyo beneficio se ha constituido derechos reales; del predio sirviente que es sobre el cual se ha constituido servidumbre personal o real. / Carga establecida sobre un inmueble, para uso y utilidad de otro perteneciente a un propietario distinto.

Enlace permanente: Servidumbre - Fecha de creación: 2016-04-10


< Servicios jurídicos Glosario Diccionario Juridico Sevicia >

Glosarios especializados

Este sitio web es posible gracias a que muestra publicidad en línea a sus visitantes.
Por favor, ayude a que pueda seguir existiendo deshabilitando su bloqueador de anuncios (adblocker).
Muchas gracias.