Glosario Diccionario Juridico / Término

Ultraactividad

Principio de Derecho penal, que señala que una persona sólo puede ser condenada por ley existente antes de la ejecución de hecho delictivo. Doice R. Goldstein: “Si la ley vigente al tiempo de cometer era distinta a la que existió al pronunciarse el fallo o en el tiempo intermedio, se aplicará siempre lo más benigno”.


La ultraactividad de la ley se aplica cuando en caso de sucesión de leyes siempre se aplica lo anterior al hecho si ésta era más benigna.


La ultractividad de la ley, por regla general, tiene aplicación cuando se trata de leyes procesales, como en el caso planteado del Código Procesal Penal; donde se siguió aplicando el viejo código, para los procesos ya iniciados dentro de su vigencia.

Lo mismo ocurrió con el código de procedimientos civiles, al entrar en vigencia el Código Procesal Civil y Mercantil (2010).


La ultraactividad de la ley es un problema de aplicación de la ley en el tiempo y esta íntimamente ligada al principio de que todo hecho, acto o negocio jurídico se rige por la ley vigente al momento de su ocurrencia, realización o celebración.


Ultraactividad en los Convenios Colectivos

La ultraactividad es un concepto que sirve para definir cuál es el marco de relaciones laborales cuando un convenio se extingue. En el periodo durante el que se negocia el nuevo convenio se entiende que se prorrogan las condiciones del anterior, tanto en los derechos como en las obligaciones.

Enlace permanente: Ultraactividad - Fecha de actualización: 2018-10-28 - Fecha de creación: 2016-04-10


< Ultra petita Glosario Diccionario Juridico Ultraje >

Glosarios especializados

Este sitio web es posible gracias a que muestra publicidad en línea a sus visitantes.
Por favor, ayude a que pueda seguir existiendo deshabilitando su bloqueador de anuncios (adblocker).
Muchas gracias.