Glosario Diccionario Juridico / Término

Usufructo

(Derecho Civil) Facultad, otorgada por el propietario de un bien no consumible, para que otro lo use y se beneficie de sus frutos por un tiempo determinado, a cambio de que lo cuide y mantenga en buenas condiciones. Se diferencia del arrendamiento en que el propietario lo otorga a título gratuito. / Derecho de utilizar lo ajeno y percibir sus frutos.

Enlace permanente: Usufructo - Fecha de creación: 2016-04-10


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