Glosario Economía / Término

Cuenta conjunta

Cuenta bancaria a nombre de dos o más personas. Dependiendo de las instrucciones que indiquen los titulares, el banco permitirá efectuar operaciones de forma independiente a cada titular (firma solidaria), o exigirá la firma de dos o más titulares (firma mancomunada).

Enlace permanente: Cuenta conjunta - Fecha de actualización: 2020-12-26 - Fecha de creación: 2020-12-26


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