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Derecho de autodeterminación

En el derecho internacional se entiende por derecho de autodeterminación el principio según el cual los pueblos o naciones tienen derecho a decidir libremente acerca de su soberanía política, es decir que pueden optar por la independencia, la federación, la autonomía o la plena integración dentro de un Estado más amplio. No existe sin embargo consenso alguno acerca de qué características definen a un grupo humano como pueblo o nación ni acerca de cómo puede ejercer ese derecho de autodeterminación.

La Carta de las Naciones Unidas, aprobada en 1945, afirma que las relaciones de amistad entre las naciones deben basarse en “el principio de iguales derechos y autodeterminación de los pueblos”, sin más precisión. Las resoluciones de Naciones Unidas nunca han sostenido que la plena independencia sea el mejor instrumento de autogobierno de un pueblo. Las naciones de Asia y África previamente sometidas a dominio colonial que se independizaron a partir de 1945 lo hicieron en nombre del principio de autodeterminación, pero trazaron sus fronteras de acuerdo con el principio jurídico de uti possidetis (como poseéis), derivado del derecho romano, que supone el mantenimiento de los límites territoriales existentes, en este caso las antiguas fronteras coloniales. Este principio fue ya invocado por Simón Bolívar en el momento de la independencia de las repúblicas latinoamericanas, por considerar que el mantenimiento de los límites entre las antiguas demarcaciones administrativas coloniales era el modo menos conflictivo de trazar las nuevas fronteras. De la misma manera las nuevas fronteras asiáticas y africanas se basaron casi exclusivamente en las establecidas durante el período colonial, sin tomar en cuanta las diferencias étnicas o lingüísticas ni trazar fronteras mediante referéndum. Dado que casi ningún territorio era homogéneo desde el punto de vista étnico y lingüístico y que las fronteras entre grupos étnicos y lingüísticos no eran nítidas, cualquier otra solución habría resultado muy conflictiva.

El derecho de autodeterminación llevado al extremo chocaría con otro principio básico del derecho internacional, el de la integridad territorial de los Estados, que se considera fundamental para el mantenimiento de la paz. Así es que el único caso en el que el derecho de autodeterminación tiene indiscutible primacía es el de los territorios coloniales o sometidos a ocupación extranjera, cuyos habitantes no tienen la nacionalidad de la potencia ocupante y por tanto se ven privados no sólo del derecho colectivo de autodeterminación como pueblo, sino del derecho individual a poseer una nacionalidad, reconocido en el artículo 15 de la Declaración universal de los derechos humanos, aprobada por Naciones Unidas en 1948. La Declaración del milenio, aprobada por Naciones Unidas en 2000, afirmó “el derecho de autodeterminación de los pueblos que permanecen bajo dominio colonial y ocupación extranjera”, sin añadir más.

El conflicto se plantea cuando un grupo humano que es mayoritario en un territorio que forma parte de un Estado más amplio se considera a sí mismo como una nación y reivindica el derecho a la autodeterminación. El caso se ha repetido varias veces en los últimos años, por ejemplo en la disolución de Yugoslavia, sin que la comunidad internacional haya adoptado una doctrina coherente al respecto. En el caso de que la división se realice por acuerdo de las partes, los nuevos Estados son inmediatamente reconocidos por la comunidad internacional, como ocurrió en el caso de la República Checa y de Eslovaquia, surgidas de la división de Checoslovaquia. Cuando la independencia se declara unilateralmente no existe en cambio un criterio unánime, como ocurre en el caso de Kosovo, cuya independencia respecto a Serbia ha sido reconocida por la mayoría de los Estados miembros de la Unión Europea, pero no por otros como España. Una doctrina quizá aplicable al caso de Kosovo es la del jurista Allen Buchanan, quien defiende la integridad territorial como un elemento legal y moral de la democracia, pero admite el derecho a la secesión sólo como último recurso de aquellos grupos humanos que hayan sufrido graves injusticias para las que la secesión resulte el remedio apropiado.

Enlace permanente: Derecho de autodeterminación - Fecha de actualización: 2018-10-12 - Fecha de creación: 2018-10-12


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