Glosario Electricidad / Término
Referido a cuartos de baño o aseos, es el volumen limitado por planos verticales tangentes a los bordes exteriores de la bañera, baño-aseo o ducha, y los horizontales constituidos por el suelo y por un plano situado 2,25 metros por encima del fondo de aquellos o por encima del suelo, en el caso de que estos aparatos estuviesen empotrados en el mismo. En el no se instalaran interruptores, tomas de corriente ni aparatos de iluminación.
Enlace permanente: Volumen de prohibición - Fecha de actualización: 2020-03-22 - Fecha de creación: 2020-03-22