Glosario Ética / Término

Consentimiento informado

Modelo de relación clínica que consiste en un proceso comunicativo y deliberativo entre el profesional sanitario y el paciente capaz, en el curso del cual toman conjuntamente decisiones acerca de la manera más adecuada de abordar un problema de salud. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente, manifestada en pleno uso de sus facultades después de recibir información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud. El derecho al consentimiento informado obliga a informar al paciente de todo aquello que pueda serle relevante en su proceso de toma de decisión. Existen varias excepciones al CI: incapacidad; grave peligro para la salud pública; imperativo legal; urgencia y privilegio terapéutico.

Enlace permanente: Consentimiento informado - Fecha de creación: 2017-05-29


< Consenso Glosario Ética Constatación >

Glosarios especializados

Este sitio web es posible gracias a que muestra publicidad en línea a sus visitantes.
Por favor, ayude a que pueda seguir existiendo deshabilitando su bloqueador de anuncios (adblocker).
Muchas gracias.