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Doble efecto (principio del)

También conocido como principio del voluntario indirecto. Por este principio una acción u omisión que tiene dos efectos, uno considerado bueno y otro malo, será éticamente permitida cuando se den estas condiciones:

  1. Que el acto que va a realizarse sea bueno o al menos indiferente por su objeto.
  2. Que los efectos buenos y malos se sigan inmediatamente del acto, es decir, que el efecto bueno no se obtenga por medio del malo.
  3. Que se busque sólo el buen efecto y se limite a tolerar el malo.
  4. Que haya cierta proporción entre el efecto bueno querido y el malo tolerado, es decir, que el buen efecto supere al malo, o al menos lo iguale.

Algunos análisis éticos utilizan la doctrina del doble efecto y la distinción entre asistencia activa y pasiva para distinguir entre actos permisibles que pueden adelantar la muerte (retirada de tratamientos de soporte vital, analgesia a dosis altas, etc.) y otros que no son permisibles, esto es eutanasia y suicidio asistido. Según la doctrina del doble efecto, terminar intencionadamente la vida de una persona nunca es moralmente aceptable mientras que hacerlo previendo el resultado pero no intencionadamente puede ser permisible si ello produce un bien proporcionado. Esto es, si la acción u omisión son beneficentes para el paciente, son moralmente adecuadas. Está claro que es el propio paciente, o su representante legal, quien debe decir qué es o no beneficente para él, y no de ninguna manera el médico sólo.

Enlace permanente: Doble efecto (principio del) - Fecha de creación: 2017-05-29


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