Glosario Ética / Término

Formalidad de realidad o de alteridad

Quedar de los contenidos en la aprehensión como algo otro, es decir, como algo autónomo respecto al aprehensor. No sólo se aprehende algo otro, sino que se aprehende en tanto que otro. (IRE 34) Lo real queda reponsando sobre sí mismo (IRE 148) como "suelto" del aprehensor (HD 51). [X. Zubiri]

Enlace permanente: Formalidad de realidad o de alteridad - Fecha de creación: 2017-05-29


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