Glosario Hacienda Pública / Término

Recargo de equivalencia

Es un régimen obligatorio para los comerciantes minoristas que sean personas físicas y que comercialicen productos al por menor que funciona de modo que el comerciante minorista, al comprar la mercancía, paga más IVA del normal, y cuando vende, lo hace con IVA, pero sin necesidad de liquidar el IVA a Hacienda, siendo el mayorista el que está obligado a efectuar el ingreso a Hacienda. De este modo, los minoristas no tienen ni que llevar libros, ni que guardar facturas, pues son los mayoristas los que asumen las obligaciones con Hacienda.

Enlace permanente: Recargo de equivalencia - Fecha de creación: 2012-04-27


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