unidad de códigos
Figura legal presente en las Constituciones españolas del siglo xix, típica del centralismo liberal, que establece la aplicación de las mismas leyes en todo el territorio nacional y prohíbe la existencia de leyes particulares. Por tanto, es lo contrario de los fueros o de las autonomías. A pesar de todo, en la práctica siempre se permitieron particularidades regionales en mayor o menor medida, especialmente en Navarra y el actual País Vasco.