Medidas de seguridad
Acciones ordenadas al inspeccionado por las Delegaciones o Direcciones Generales con facultades de inspección de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente cuando exista riesgo inminente de desequilibrio ecológico o daño o deterioro grave a los recursos naturales, casos de contaminación con repercusiones peligrosas para los ecosistemas, sus componentes o para la salud pública. De conformidad con el artículo 170 de la Ley General del Equilibrio Ecológica, las medidas de seguridad corresponden a la clausura temporal, parcial o total; el aseguramiento precautorio; la neutralización o cualquier acción análoga.